Notificaciones por aviso

El artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) dispone que "cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente del retiro del aviso". Con fundamento en lo anterior, se procede a fijar por el término de cinco (5) días, el siguiente aviso de notificación:

Fecha del acto Número de acto Tipo de acto Asunto Representante legal Notificado Fecha fijación Fecha desfijación Documento
N/A PQRS

Constancia de vinculación de terceros para la Cancelación Registro Público de Carrera Administrativa – RPCA

Ver
001 Auto

Auto Número 001 del 5 de enero de 2026, "Por medio del cual se decreta la práctica de pruebas, el cierre del periodo probatorio y se corre traslado para alegar de conclusión”

FUNDACIÓN MENONITA COLOMBIANA PARA EL DESARROLLO Ver , Ver , Ver
087 Resolución

“Por la cual se constituye la caja menor de la Secretaría Jurídica Distrital para la vigencia fiscal 2026 y se establecen las reglas para su funcionamiento y manejo” 

Ver
044 Resolución

Resolución 044 del 30 de enero de 2026, "Por medio de la cual se adopta el Plan de Bienestar e Incentivos de la Secretaría Jurídica Distrital, para la vigencia 2026".

Ver
041 Resolución

Resolución N°. 041 DE 2026 "Por medio de la cual se adopta el Plan Institucional de Capacitación - PIC de la
Secretaría Jurídica Distrital, para la vigencia 2026"

N/A Ver
037 Resolución

“Por la cual se adopta la metodología de evaluación para Gerentes Públicos – Acuerdos de Gestión 4.0, en la Secretaría Jurídica Distrital”

Ver
N/A Derecho de petición

CANCELACIÓN en el Registro Público de Carrera Administrativa-RPCA., ante la Comisión Nacional del Servicio Civil CNSC., de la exservidora OLGA MILENA CORZO ESTEPA

Ver
N/A Derecho de petición

III. RESPUESTA A LA CONSULTA: Revisado el Sistema de Información de Personas Jurídicas (SIPEJ) de la Secretaria Jurídica Distrital, se encuentra la entidad con el nombre FUNDACION NUEVA VIDA –EN LIQUIDACION- ID 9765. Igualmente, consultado el Registro Único Empresarial y Social – RUES de la Cámara de Comercio, se evidencia que la fundación se halla disuelta y en estado de liquidación en virtud del artículo 31 de la Ley 1727 del 11 de julio de 2014, disolución inscrita en la Cámara de Comercio el 13 de abril de 2017, bajo el número 00278400 del libro I de las Entidades Sin Ánimo de Lucro, en consecuencia, esta Dirección no tiene facultades administrativas para ejercer funciones de supervisión sobre la entidad.

FUNDACIÓN NUEVA VIDA –EN LIQUIDACIÓN Ver , Ver
N/A Derecho de petición

Respuesta Derecho Petición Modalidad Consulta Bogotá Te Escucha Caso 6054792025.

la Dirección da respuesta de fondo a su petición y dentro del término legal, no sin antes advertir que con fundamento en el artículo 28 de la Ley
1437 de 2011, modificado por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015, los conceptos emitidos por esta Dirección no serán de obligatorio cumplimiento ejecución.

Anónimo Ver
N/A Derecho de petición

RESPUESTA SOLICITUD DE CERTIFICADO IVC DE LA ASOCIACION ONG DE CONDUCTORES DESPLAZADOS DE COLOMBIA CUYA SIGLA SERA ASOCONDESCOL ID 8304

ASOCIACION ONG DE CONDUCTORES DESPLAZADOS DE COLOMBIA CUYA SIGLA SERA ASOCONDESCOL Ver