Notificaciones por aviso
El artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) dispone que "cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente del retiro del aviso". Con fundamento en lo anterior, se procede a fijar por el término de cinco (5) días, el siguiente aviso de notificación:
| Fecha del acto | Número de acto | Tipo de acto | Asunto | Representante legal | Notificado | Fecha fijación | Fecha desfijación | Documento |
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| N/A | PQRS | Constancia de vinculación de terceros para la Cancelación Registro Público de Carrera Administrativa – RPCA |
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| 001 | Auto | Auto Número 001 del 5 de enero de 2026, "Por medio del cual se decreta la práctica de pruebas, el cierre del periodo probatorio y se corre traslado para alegar de conclusión” |
JANIR GABRIEL LEDESMA LOZANO | FUNDACIÓN MENONITA COLOMBIANA PARA EL DESARROLLO | Ver , Ver , Ver | |||
| 087 | Resolución | “Por la cual se constituye la caja menor de la Secretaría Jurídica Distrital para la vigencia fiscal 2026 y se establecen las reglas para su funcionamiento y manejo” |
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| 044 | Resolución | Resolución 044 del 30 de enero de 2026, "Por medio de la cual se adopta el Plan de Bienestar e Incentivos de la Secretaría Jurídica Distrital, para la vigencia 2026". |
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| 041 | Resolución | Resolución N°. 041 DE 2026 "Por medio de la cual se adopta el Plan Institucional de Capacitación - PIC de la |
N/A | Ver | ||||
| 037 | Resolución | “Por la cual se adopta la metodología de evaluación para Gerentes Públicos – Acuerdos de Gestión 4.0, en la Secretaría Jurídica Distrital” |
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| N/A | Derecho de petición | CANCELACIÓN en el Registro Público de Carrera Administrativa-RPCA., ante la Comisión Nacional del Servicio Civil CNSC., de la exservidora OLGA MILENA CORZO ESTEPA |
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| N/A | Derecho de petición | III. RESPUESTA A LA CONSULTA: Revisado el Sistema de Información de Personas Jurídicas (SIPEJ) de la Secretaria Jurídica Distrital, se encuentra la entidad con el nombre FUNDACION NUEVA VIDA –EN LIQUIDACION- ID 9765. Igualmente, consultado el Registro Único Empresarial y Social – RUES de la Cámara de Comercio, se evidencia que la fundación se halla disuelta y en estado de liquidación en virtud del artículo 31 de la Ley 1727 del 11 de julio de 2014, disolución inscrita en la Cámara de Comercio el 13 de abril de 2017, bajo el número 00278400 del libro I de las Entidades Sin Ánimo de Lucro, en consecuencia, esta Dirección no tiene facultades administrativas para ejercer funciones de supervisión sobre la entidad. |
Cecilio Torres Mora | FUNDACIÓN NUEVA VIDA –EN LIQUIDACIÓN | Ver , Ver | |||
| N/A | Derecho de petición | Respuesta Derecho Petición Modalidad Consulta Bogotá Te Escucha Caso 6054792025. la Dirección da respuesta de fondo a su petición y dentro del término legal, no sin antes advertir que con fundamento en el artículo 28 de la Ley |
N/A | Anónimo | Ver | |||
| N/A | Derecho de petición | RESPUESTA SOLICITUD DE CERTIFICADO IVC DE LA ASOCIACION ONG DE CONDUCTORES DESPLAZADOS DE COLOMBIA CUYA SIGLA SERA ASOCONDESCOL ID 8304 |
ASOCIACION ONG DE CONDUCTORES DESPLAZADOS DE COLOMBIA CUYA SIGLA SERA ASOCONDESCOL | ASOCIACION ONG DE CONDUCTORES DESPLAZADOS DE COLOMBIA CUYA SIGLA SERA ASOCONDESCOL | Ver |
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